miércoles, 26 de septiembre de 2012

25-S, manifestaciones, cargas policiales y otros temas de interés.

Todos hemos podido ver los informativos de ayer, 25 de septiembre de 2012, y los del día de hoy, 26 de septiembre. En "El Correo" vasco encontramos una primera plana ocupada por la Huelga General convocada en la Comunidad Autónoma Vasca para hoy, 26 de septiembre. En "El País", la manifestación  convocada ayer, 25 de septiembre, en los alrededores del Congreso de los Diputados, en Madrid (manifestación autorizada por la Delegación del Gobierno), en protesta por los recortes y demás. En "El Mundo", la noticia de que el presidente de la Generalitat Catalana, Artur Mas, convocará un referéndum a pesar de que el Estado lo prohíba, en el marco de la autodeterminación de Cataluña. Y en todos estos diarios, una noticia en común, que la Policía acusará a los 35 detenidos de la manifestación de ayer de delitos contra la Nación. 

Sin duda se descarta la frase "la cosa va bien". Vivimos en unos tiempos convulsos, y cada día surgen noticias nuevas acerca de este panorama de manifestaciones, recortes y disturbios a pie de calle. La finalidad de esta entrada no es sino expresar una opinión, y para ello me serviré de documentos oficiales tales como el Código Penal, porque no quiero caer en el desconocimiento de muchos. 

En cuanto a la manifestación de ayer, 25-S, me remito a los artículos 493, 494, y 495 del Capítulo III, Título XXI, del Código Penal, en el marco de "Delitos contra la Constitución". 

Art. 493: "Los que, sin alzarse públicamente, invadieren con fuerza, violencia o intimidación las sedes del Congreso de los Diputados, del Senado o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma, si están reunidos, serán castigados con la pena de prisión de tres a cinco años."

Art. 494: "Incurrirán en la pena de prisión de seis meses a un año o multa de doce a veinticuatro meses los que promuevan, dirijan o presidan manifestaciones u otra clase de reuniones ante las sedes del Congreso de los Diputados, del Senado o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma, cuando estén reunidos, alterando su normal funcionamiento."

Art. 495: "Los que, sin alzarse públicamente, portando armas u otros instrumentos peligrosos, intentaren penetrar en las sedes del Congreso de los Diputados, del Senado o de la Asamblea Legislativa de una Comunidad Autónoma, para presentar en persona o colectivamente peticiones a los mismos, incurrirán en la pena de prisión de tres a cinco años."

Con los anteriores artículos hago alusión a dos aspectos principales, el mero hecho de manifestarse ante el Congreso de los Diputados, y el hecho de portar objetos capaces de dañar, tales como palos o piedras. Por una parte, la manifestación de ayer estaba autorizada por el Gobierno, tal y como he dicho antes, por lo que, en principio, se dio por supuesto que cada manifestante respetaría los artículos 493 y 494 del Código Penal,  a pesar de que ya habían sido autorizados, repito, a manifestarse en dicho lugar. Por otra parte, los objetos dañinos, tales como palos y piedras, de los cuales fueron recogidos ayer 265 kilogramos en los alrededores del Congreso de los Diputados. Violación del artículo 495 del Código Penal. Creo que en ese aspecto, hay poco que aclarar. 

En mi humilde opinión, todo ésto muestra una falta de civismo total y completa. Uno de los principales derechos básicos del ciudadano de a pie es el derecho a manifestarse, el derecho de reunión pacífica y sin armas, reconocido en el Artículo 21 de la Constitución Española, un derecho tras el que hay dos siglos enteros de lucha ilustrada, burguesa y obrera. Me posiciono totalmente a favor de este derecho, y no dudaré en reclamarlo si alguna vez me veo privado de él. Pero las cosas, si se pueden hacer bien desde el principio, mejor. Es ya normal encontrar en las manifestaciones ciertas minorías que tratan de convertir en violenta, una reunión aparentemente pacífica. Para ello, he acudido a una página web, colaboradora del movimiento mundial de los Indignados, "Anonymous" (https://n-1.cc/pg/pages/view/303755/). En ella he encontrado un protocolo de actuación en el caso de que los propios manifestantes se percaten de que alguno de sus compañeros acoge una actitud violenta:


No sé vosotros, pero desde que comenzó el movimiento Indignado, no creo haber visto imágenes que corroboren la actuación, tal y como se describe en esta web. Claro que muchos pensarán "cómo seguir esos pasos una vez ha comenzado el caos causado por manifestantes y actuación policial". Pues bien, para ello he consultado la red, y he dado con el blog del movimiento DRY (Democracia Real Ya) de la Comunidad Autónoma de Murcia (http://democraciarealyamurcia.blogspot.com.es/). He encontrado un protocolo de actuación para una manifestación convocada el 19 de junio del 2011 en dicha Comunidad Autónoma. Está bastante bien, y creo que debería conocerse por parte de todos, y ser respetado en todas las manifestaciones habidas, y por haber. Dicho protocolo enumera distintas pautas a seguir para una actuación pacífica por parte de los manifestantes, tales como:

-Realizar el trayecto de la manifestación de forma tranquila, pacífica y sin alterar el mobiliario público.

-En los reclamos, no insultar ni realizar comentarios que puedan resultar antidemocráticos, así como tener un comportamiento basado en el respeto.

-En caso de haber cordón policial, situarnos a unos  2  metros de dicho cordón.

-En caso de que la policía cargue contra los manifestantes, sentarse. No recurrir a insultos ni violencia. Asimismo, se les exigirá calmadamente que se identifiquen facilitando su número profesional y placa. Si nos requieren para ello, no nos podemos negar a mostrar nuestro DNI porque sería motivo suficiente para llevarnos a Comisaría. Muy importante: También se grabará todo lo relacionado con la actuación policial, pues, si no existe una prueba de este tipo, siempre prevalecerá la versión de la policía o, en su caso, del político que le ha dado la orden.

Sin embargo, estas pautas son olvidadas por muchos cuando más han de ser recordadas y respetadas. Con ésto paso ya al tema de la actuación policial en las manifestaciones. Fijémonos en el cuarto guión de dicho protocolo. Se menciona un caso hipotético en el que la policía carga contra los manifestantes. Acudo de nuevo a la red para poder criticar esta pauta basándome en documentación, y no desde la ignorancia. Para ello busco información acerca de las UIP (Unidades de Intervención Policial), creadas en 1989 con el fin de preservar la seguridad ciudadana. Estas UIP entran en acción en el momento en el que la Autoridad Gubernativa decide suspender una reunión o manifestación, en los supuestos marcados en el Artículo 5 del Capítulo II, en las "Disposiciones Generales" de la Ley Orgánica 9/1983, Reguladora del Derecho de Reunión:

Art. 5: "La autoridad gubernativa suspenderá y, en su caso, procederá a disolver las reuniones y manifestaciones en los siguientes supuestos:

-Cuando se consideren ilícitas de conformidad con las Leyes Penales.

-Cuando se produzcan alteraciones del orden público, con peligro para personas o bienes.

-Cuando se hiciere uso de uniformes paramilitares por los asistentes.

Tales resoluciones se comunicarán previamente a los concurrentes en la forma legalmente prevista."

Los anteriores supuestos se ven claramente ejecutados en ciertas manifestaciones, cuando se pueden observar ventanillas de automóviles y escaparates rotos, o mobiliario urbano dañado, entre otras actuaciones dignas de Atila y los unos. Una vez más, una minoría del pueblo pierde el control, pierde el civismo. Y tal y como se afirma y aconseja en estas páginas web que os he mostrado, somos nosotros, los ciudadanos, los que debemos denunciar estas actuaciones en las manifestaciones, puesto que nosotros somos los primeros perjudicados. Es esta minoría la que acaba causando las famosas "cargas policiales". 

En cuanto a ese tema, dicho sea de paso, que los agentes antidisturbios de las UIP son simples "mandaos", como se diría por aquí. Siguen órdenes de sus superiores, los cuales deciden cuándo y cómo cargar contra los manifestantes, en caso de que se aprecie violencia en el lugar de los hechos. Una carga no es una orden cualquiera, y supone daños colaterales. En la manifestación de ayer, 25-S, se dio la orden de cargar contra los manifestantes en el momento en el que sobrepasaron el cordón policial, en mi opinión, razón de peso para la ejecución de la orden, independientemente de la posterior actuación de los antidisturbios en dicha carga, de ese tema me ocuparé un poco más tarde.

En estos casos de violencia, entra en juego la seguridad ciudadana, y como digo, entran en acción las UIP. En la Ley Orgánica 1/1992, sobre la Protección de la Seguridad Ciudadana, encontramos el Artículo 16, del Capítulo III, "Actuaciones para el mantenimiento y restablecimiento de la Seguridad Ciudadana".

Art. 16: 

"1. Las autoridades a las que se refiere la presente Ley adoptarán las medidas necesarias para proteger la celebración de reuniones o manifestaciones y de espectáculos públicos, procurando que no se perturbe la seguridad ciudadana. Sin embargo, podrán suspender los espectáculos y disponer el desalojo de los locales y el cierre provisional de los establecimientos públicos mientras no existan otros medios para evitar las alteraciones graves de la seguridad que se estuvieren produciendo.

2. Dichas autoridades, por medio de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, podrán disolver, en la forma que menos perjudique, las reuniones en lugares de tránsito público y las manifestaciones, en los supuestos prevenidos en el Artículo 5 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión. También podrán disolver las concentraciones de vehículos en las vías públicas y retirar aquellos o cualesquiera otra clase de obstáculos cuando impidieran, pusieran en peligro o dificultaran la circulación por dichas vías."


Apreciamos en este artículo que las UIP están autorizadas legalmente a disolver reuniones y manifestaciones en el momento en que éstas sobrepasen ciertos límites y atenten contra la seguridad ciudadana. Volvemos al caso de ayer, en el que los manifestantes sobrepasan el cordón policial. Alrededor de las 19:00 un manifestante trata de apartar una de las vallas del cordón policial. Minutos antes, dichas vallas habían sido golpeadas y agitadas por otros manifestante. En el mismo instante en el que ese manifestante aparta la valla y sobrepasa el cordón policial, las UIP están autorizadas a cargar, y así lo hacen en cuanto reciben la orden de sus mandos. 


En cuanto a la actuación policial, me remito a la Ley Orgánica 2/1986, De los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, al artículo 5.2, del Capítulo II, "Principios Básicos de Actuación".

Art. 5.2 Relaciones con la Comunidad:


"a. Impedir, en el ejercicio de su actuación profesional, cualquier práctica abusiva, arbitraria o discriminatoria que entrañe violencia física o moral.

b. Observar en todo momento un trato correcto y esmerado en sus relaciones con los ciudadanos, a quienes procurarán auxiliar y proteger, siempre que las circunstancias lo aconsejen o fueren requeridos para ello. En todas sus intervenciones, proporcionarán información cumplida, y tan amplia como sea posible, sobre las causas y finalidad de las mismas.

c. En el ejercicio de sus funciones deberán actuar con la decisión necesaria, sin demora cuando de ello dependa evitar un daño grave, inmediato e irreparable; rigiéndose al hacerlo por los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance.

d. Solamente deberán utilizar las armas en las situaciones en que exista un riesgo racionalmente grave para su vida, su integridad física o las de terceras personas, o en aquellas circunstancias que puedan suponer un grave riesgo para la seguridad ciudadana y de conformidad con los principios a que se refiere el apartado anterior."



Es muy cierto que el cumplimiento de estas normas por parte de las UIP es a veces algo confuso, dado que una vez se ha autorizado la carga policial, seguir estas pautas es algo complicado en la situación que se crea a partir de dicha carga. Una situación de alboroto, en la que encontramos manifestantes escapando, manifestantes que se quedan con el fin de interponerse en el camino de las UIP, manifestantes que lanzan objetos más o menos contundentes contra los agentes, gritos, abucheos, insultos, y antidisturbios en proceso de detención de manifestantes, y, en ocasiones, proceso de desalojo de la zona por medio de golpes o disparos de pelotas de goma

Tras la carga policial de ayer, 25-S, 35 detenidos y 64 personas heridas, entre las que figuran 27 policías. Una actuación policial algo excesiva, según ha declarado el PSOE (Partido Socialista Obrero Español) e IU (Izquierda Unida). Y no les falta razón. No obstante, el policía sigue siendo un funcionario, y como funcionario, también se ha visto privado de paga extraordinaria en diciembre, además del congelamiento indefinido de su sueldo. Es uno más, de todos los trabajadores del Estado que sufren en estos tiempos convulsos que comentaba al principio de esta reflexión. Son muchos los que piensan que, de no ser por la actuación policial, el Congreso de los Diputados hubiera sido tomado por los manifestantes. Quizás piensen algunos que la toma del Congreso era una acción necesaria y justificada. Desde mi punto de vista, se equivocan. Se equivocan porque pisotean la ley irrumpiendo en el Congreso, en concreto el artículo 494 del Código Penal, que he citado al principio.

La Policía hace su trabajo, de una manera u otra. Maneras mejores y menos violentas, las hay, en ambas partes. Tanto los agentes de la ley como los manifestantes han de mantenerse dentro de unos límites bien marcados desde un principio, porque en el momento en que esos límites se ven sobrepasados, comienza a reinar el caos en la sociedad. Bien es cierto que el caos es justo, tal y como dicen por ahí, y que cada cual recibe lo que se merece. Pero el caos implica violencia, y la violencia no es el objetivo de nadie, al menos no debería serlo. 

Vivimos en una realidad que no conforma a todos. Nos vemos gobernados por un partido de derechas, el PP (Partido Popular), un partido que ganó las pasadas elecciones generales anticipadas del 20 de noviembre de 2011 por mayoría absoluta. Yo, como persona de ideología socialista moderada, soy el primer insatisfecho con este gobierno derechista, pero respeto el resultado de unas elecciones democráticas, siempre y cuando no salga elegido un partido nazi, claro está. Pero apartando ese caso, el respeto al Gobierno, sea del corte que sea, es algo que tiene que caracterizar al ciudadano, porque los simpatizantes del PP también mostrarían su descontento hacia, por ejemplo, las políticas sociales del PSOE cuando éste gobernaba, y viceversa. Es de esperar en un partido como el PP que el primero que se vea afectado por recortes sea el trabajador, el funcionario de a pie, porque es algo que va con los principios e ideales de un partido de derechas, y eso es así. 

Tocará aguantar, apretarse el cinturón a costa de unos políticos ineptos en su mayoría, hasta las próximas elecciones, hasta salir de la recesión económica. Entonces tendremos los medios y el poder de levantarnos pacíficamente, no en contra de recortes, sino en contra de una clase política paupérrima, que es algo que se debería haber hecho hace ya mucho tiempo, pero que con el "Boom" inmobiliario, los créditos baratos, fruto de la bajada de los tipos de interés con el adhesión de España a la UE (Unión Europea) en 1986, y el enriquecimiento de las clases media y baja, es una protesta que quedó sellada, de mala manera, por estos políticos nuestros. 

Llegará la Revolución, pero no hoy. 

Para terminar, una imagen de una pintura basada en una batalla de la Primera Guerra Mundial, en la antigua Prusia. En el cuadro se puede apreciar una carga de jinetes cosacos del ejército zarista ruso contra un regimiento de artillería del Imperio Alemán. Ésto es una carga, y lo demás son tonterías. Saludos.



5 comentarios:

  1. Joder macho, ni un mes de universidad y ya eres capaz de desmontar a cualquiera. Espero que cuando te vuelva a ver no me sueltes estas parrafadas.



    P.D: ¿Has pensado en ser columnista?

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  2. Tu anonimato despierta en mí una tremenda curiosidad, aunque tengo una vaga idea de quién puedes ser. Me alaga tu comentario y...desgraciadamente, no lo había pensado, pero estaría muy bien. Lo tendré en cuenta!

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  3. Querido abogado en ciernes,
    Me alegra ver que tu capacidad de análisis está intacta y efervescente.
    Después de leer tu entrada, sólo se me ocurre decir que, si son las leyes las que nos pueden llevar a las puertas del Congreso a expresar nuestro malestar, son también las que nos tienen que dar una inyección de objetividad, porque, a pesar de la indignación que sentimos por lo que ocurre, habrá que entonar el "mea culpa" y reconocer la sangría a la que hemos sometido a ese Estado Social y de Derecho que hemos entendido como hemos querido.
    Toca ahora recortar. Por arriba y por abajo. Y aguzar el ingenio, que en tiempos de crisis y frío se activa con más intensidad.
    Toca pensar en singular, y hacer revoluciones personales, para estrujar nuestro potencial individual, sin ayudas, sin subvenciones, sin más....
    Toca no esperar nada del sistema, salvo que podamos hacer algo por él. Nos hemos cargado el Estado, desde fuera y desde dentro del Congreso. No hemos querido hacerlo bien, nos ha faltado talla, coraje, honestidad y sentido común.
    Aun así, es un buen momento.Dicen que todas las crisis encierran una oportunidad, la de cambiar. ¿Qué cambiamos?

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